Page 63 - Entornos preventores y protectores de la integridad sexual de niñas niños y adolescentes
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Con el fin de que estos mandatos se cumplan, el
                                    gobierno autónomo municipal de la Paz:




                         Brinda la autorización  y seguimiento a todo  espectáculo en espacios
                         públicos  y privados, entradas folklóricas, actividad económica y con
                         cualquier otro fin, de carácter permanente, temporal o momentáneo, con
                         o sin fines de lucro, en el que sean protagonistas niñas, niños o adolescentes.


                         Prohíbe la participación de niñas, niños y adolescentes en concursos de
                         belleza, desfiles o eventos de modelaje infantil que expongan su imagen
                         hipersexualizada, causen daño o pongan en riesgo su integridad sexual.

                         Exige a los cuidadores principales, padres, madres o tutores  asumir la
                         responsabilidad   de velar por el bienestar de sus hijas, hijos y pupilos,
                         respectivamente, evitando la participación o la exposición de los mismos
                         en cualquier actividad que involucre conductas que vulneren o puedan
                         vulnerar su integridad física, psicológica y sexual.


                         Exige la corresponsabilidad de  todas  las organizaciones  sociales
                         (vecinales, sectoriales, funcionales), de la empresa privada, de los medios
                         de  comunicación  social, de  los Jardines Infantiles, Centros  Educativos,
                         Centros Municipales de Desarrollo Infantil y Unidades Educativas Públicas,
                         Privadas o de Convenio u otros en la protección de la integridad sexual
                         de niñas, niños y adolescentes, evitando organizar, auspiciar, promover,
                         difundir toda actividad que entrañe la vulneración de su integridad sexual,
                         física o psicológica.

                         Prohíbe cualquier tipo de publicidad y propaganda urbana que exponga
                         o utilice la imagen hipersexualizada de niñas, niños y adolescentes, así esta
                         sea simulada por personas jóvenes o adultas.

                         Decomisa cualquier tipo de material que exponga  la imagen
                         hipersexualizada de niñas, niños y adolescentes, evitando su exposición en
                         todo espacio o vía pública.


                         Decomisa  todo  material  pornográfico  en  cualquier  soporte  (gráfico,
                         audiovisual  u otro  de similar  naturaleza) comercializado o distribuido
                         en vías públicas  emitiendo el informe correspondiente para que,
                         independientemente  de la sanción administrativa que corresponda,  se
                         proceda con la denuncia ante autoridad competente por constituir una
                         conducta tipificada en el Código Penal.







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