Page 64 - Entornos preventores y protectores de la integridad sexual de niñas niños y adolescentes
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Controla el funcionamiento de actividades económicas relacionadas con
redes sociales, páginas de internet o similares exigiendo las restricciones
debidas de contenido pornográfico o contenido escrito, visual o gráfico
que dañe su integridad sexual.
Coordina con los medios de comunicación la difusión de mensajes que
promuevan los derechos de las niñas, niños y adolescentes en cuanto a
su integridad sexual, vigilando la coherencia de contenidos dentro de su
programación.
Desarrolla proyectos y programas de sensibilización, prevención, asistencia
y orientación para que las familias cumplan sus responsabilidades
de cuidado y protección de la integridad sexual de los niñas, niños y
adolescentes.
Genera espacios de sensibilización, orientación y prevención para
Jardines Infantiles, Centros Educativos, Centros Municipales de Desarrollo
Infantil, Unidades Educativas Públicas, Privadas o de Convenio, Escuelas
e Instituciones de Danza, Grupos de Animadores Infantiles y Grupos de
Conductores de espectáculos para niñas, niños y adolescentes.
Garantiza que en las manifestaciones culturales, ferias, entradas folklóricas
y eventos públicos que organice o auspicie el Gobierno Autónomo
Municipal de La Paz o en las actividades infantiles en que participen los
educadores urbanos municipales (Cebras), no se difundirán canciones
que aludan contenido sexual, u otras manifestaciones que atenten contra
la integridad sexual de niñas, niños y adolescentes.
Asigna recursos materiales, físicos y personales para el cumplimiento de
la Ley Municipal Nro. 294, promoviendo la especialización continua de
los servidores públicos municipales en la detección e identificación de
actos, actitudes o acciones que provoquen la hipersexualización de niñas,
niños y adolescentes, a efectos de su denuncia ante las autoridades
competentes.
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