Page 88 - Entornos preventores y protectores de la integridad sexual de niñas niños y adolescentes
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Igual sanción será impuesta cuando el autor o partícipe
reproduzca o almacene, distribuya o venda material
pornográfico.
II. La pena privativa de libertad será agravada en un
tercio cuando:
1. La víctima sea niño, niña o adolescente o persona
con discapacidad.
2. La autora o el autor sea cónyuge, conviviente,
padre, madre o la persona que ejerza algún tipo de
autoridad o responsabilidad legal sobre la víctima.
3. La autora o el autor mantenga una relación laboral,
de parentesco consanguíneo o de afinidad con la
víctima.
4. La víctima sea una mujer embarazada.
5. La autora o el autor sea servidora o servidor público.
6. La autora o el autor sea la persona encargada de
proteger los derechos e integridad de las personas en
situación vulnerable.
7. La autora o el autor hubiera sido parte o integrante
de una delegación o misión diplomática, en el
momento de haberse cometido el delito.
8. El delito se cometa contra más de una persona.
9. La actividad sea habitual y con fines de lucro.
10. La autora o el autor sea parte de una organización
criminal.
III. Quien compre, arriende o venda material
pornográfico, donde se exhiba imágenes de niñas,
niños y adolescentes, será sancionado con pena
privativa de libertad de cinco (5) a ocho (8) años.
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