Page 83 - Entornos preventores y protectores de la integridad sexual de niñas niños y adolescentes
P. 83

lEy nro. 1173 dEl               La finalidad de ambos cuerpos normativos radica
                03 dE mayo dE 2019              en  fortalecer el sistema procesal judicial en la

                lEy dE                          lucha integral contra la violencia a niñas, niños,
                abrEViaCión                     adolescentes y mujeres.
                ProCEsal                        Se adoptan medidas concernientes a abreviación
                PEnal y dE                      de plazos procesales, adecuación de atribuciones
                fortalECimiEnto                 y competencias a la instancia judicial, Policial,
                dE la luCha                     Ministerio Público e instancias llamadas por ley
                intEgral Contra                 para la protección de niñas, niños, adolescentes y
                la ViolEnCia a                  mujeres. A efectos de posibilitar la efectiva tutela
                niñas, niños,                   judicial de las víctimas de violencia, a través de
                adolEsCEntEs y                  la modificación de la Ley Nro. 1970 (Código de
                mujErEs                         Procedimiento Penal).

                lEy nro. 1226, 23 dE
                sEPtiEmbrE dE 2019

                (lEy dE
                modifiCaCión a
                la lEy nro. 1173)




                lEy dE las                       Artículo 6.
                familias y sus
                ProCEsos                         i) Interés Superior de la Niña, Niño y Adolescente.
                                                 El Estado, las familias y la sociedad garantizarán
                                                 la prioridad del interés superior de la niña, niño y
                                                 adolescente, que comprende la preeminencia
                                                 de sus derechos, la primacía en recibir
                                                 protección y socorro en cualquier circunstancia,
                                                 la prioridad de atención de los servicios públicos
                                                 y privados. Los derechos de niñas, niños y
                                                 adolescentes prevalecerán frente a cualquier
                                                 otro interés que les puede afectar.

                lEy gEnEral dE                   CAPÍTULO 11
                tElEComuniCaCionEs,
                tECnologías dE                   Artículo 54.
                informaCión y
                ComuniCaCión                     Las usuarias o los usuarios de los servicios
                nro. 164                         de telecomunicaciones y tecnologías de
                                                 información y comunicación tienen derecho a:

                                                 19. Exigir la protección de la niñez, adolescencia
                                                 y juventud en la prestación de los servicios.


                                                                                                              79
   78   79   80   81   82   83   84   85   86   87   88